SAT e impuestos
Declaración anual de personas físicas (SAT): quién y cómo presentarla
La declaración anual es el cálculo de tus impuestos del año ante el SAT. Te explicamos quién está obligado, la fecha límite, las deducciones personales que reducen tu pago y cómo presentarla en línea para obtener tu saldo a favor.
Qué es la declaración anual
La declaración anual es el documento con el que informas al SAT tus ingresos, gastos y retenciones de todo un año para calcular tus impuestos. Como resultado puede salirte un saldo a favor (el SAT te devuelve dinero) o un saldo a cargo (debes pagar). Aplica para personas físicas y morales inscritas en el RFC.
Para qué sirve
- Cumplir con tu obligación fiscal anual.
- Recuperar un saldo a favor mediante la devolución automática.
- Aplicar tus deducciones personales para pagar menos impuesto.
- Mantener tu situación fiscal en orden (útil para créditos y trámites).
Quién está obligado
Debes presentarla, entre otros casos, si durante el año:
- Tuviste ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial o plataformas digitales.
- Trabajaste para dos o más patrones (aunque no al mismo tiempo).
- Superaste $400,000 de ingresos anuales.
- Dejaste de laborar antes del 31 de diciembre.
- Recibiste ingresos del extranjero o sin retención de ISR.
Requisitos
- RFC vigente.
- Contraseña del SAT o e.firma (la e.firma es obligatoria para autorizar devoluciones elevadas).
- Tus CFDI de ingresos y de deducciones personales.
- CLABE interbancaria a tu nombre (para el saldo a favor).
Documentos necesarios
- Constancias de percepciones y retenciones.
- Facturas (CFDI) de tus deducciones personales.
- Datos de tu cuenta bancaria (CLABE) para la devolución.
Costo
Presentar la declaración anual es gratis en el Portal del SAT.
Dónde se hace
En línea, en el Portal del SAT (minisitio de Declaración Anual). No necesitas acudir a una oficina; el sistema está disponible durante la temporada de declaraciones.
Cómo sacar cita
No se requiere cita para presentarla en línea. El SAT abre atención presencial y amplía horarios en la temporada (abril), pero la vía recomendada es la digital.
Tiempo de respuesta
El envío de la declaración es inmediato (obtienes tu acuse al momento). La devolución del saldo a favor suele tardar de unos días a algunas semanas, según el monto y si tus datos están en orden.
Vigencia
Es un trámite anual. Cada año presentas la declaración del ejercicio anterior dentro del plazo (personas físicas, al 30 de abril).
Problemas comunes
- Datos precargados incorrectos: revisa que tus ingresos y retenciones coincidan con tus constancias; corrige antes de enviar.
- Saldo a favor rechazado o en revisión: suele deberse a CLABE equivocada, datos que no coinciden o deducciones sin CFDI válido.
- No tienes e.firma y la necesitas: tramítala en el SAT antes de declarar si esperas una devolución elevada.
- Deducciones que no aplican: verifica que el gasto sea deducible y esté pagado con medios autorizados (no en efectivo, según el caso).
- Presentación tardía: si ya pasó el 30 de abril, preséntala cuanto antes para reducir multas y recargos.
Paso a paso
Reúne tu información
Constancias de percepciones y retenciones, facturas (CFDI) de tus deducciones personales y tu CLABE interbancaria si esperas saldo a favor.
Entra a Declaración Anual
Ingresa al Portal del SAT, sección Declaración Anual de personas físicas.
Autentícate
Entra con tu RFC y contraseña o con tu e.firma. Para devoluciones grandes te pedirán e.firma.
Revisa la información precargada
El SAT precarga tus ingresos y retenciones a partir de tus CFDI. Verifica que todo sea correcto.
Captura tus deducciones personales
Agrega gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios y demás deducciones autorizadas para reducir tu impuesto.
Revisa el resultado y envía
El sistema calcula si te resulta saldo a favor o a cargo. Revisa y envía tu declaración; guarda el acuse.
Solicita tu devolución (si hay saldo a favor)
Registra tu CLABE para que el SAT deposite tu saldo a favor de forma automática.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es la fecha límite?
Para personas físicas, el 30 de abril. Para personas morales, el 31 de marzo. Después de la fecha pueden generarse multas y recargos.
¿Quién está obligado a presentarla?
Quienes tuvieron ingresos por honorarios, arrendamiento, actividad empresarial o plataformas digitales; quienes tuvieron dos o más patrones; quienes superaron $400,000 de ingresos anuales; quienes dejaron de trabajar antes del 31 de diciembre; o quienes recibieron ingresos del extranjero o sin retención.
¿Cuánto cuesta presentarla?
Es gratis en el Portal del SAT. No necesitas pagar a un gestor para presentarla, aunque puedes apoyarte en un contador si tu caso es complejo.
¿Qué necesito para presentarla?
Tu RFC y contraseña o e.firma. Si tu saldo a favor es elevado, el SAT exige e.firma para autorizar la devolución.
¿Qué deducciones personales puedo aplicar?
Gastos médicos, dentales y hospitalarios; colegiaturas (con topes); gastos funerarios; intereses reales de tu crédito hipotecario; donativos; primas de seguros de gastos médicos y aportaciones voluntarias al retiro, entre otras, conforme a los límites de ley.
¿Cómo me devuelven el saldo a favor?
Si tienes saldo a favor y registras tu CLABE, el SAT realiza la devolución de forma automática a tu cuenta, normalmente en unos días o semanas.
¿Qué multa hay por no presentarla?
Si la presentas tarde de forma voluntaria, la multa va de aproximadamente $1,810 a $22,400. Si el SAT te requiere primero, puede llegar hasta cerca de $44,790.
¿Los asalariados deben declarar?
No siempre. Si solo tuviste un patrón todo el año y no rebasaste $400,000, normalmente tu patrón ya hizo el cálculo. Aun así, puedes presentarla para recuperar un saldo a favor.
Fuentes oficiales
Información verificada en 21 de junio de 2026 con base en fuentes oficiales. Los requisitos y costos pueden cambiar; confirma siempre en el portal oficial antes de iniciar tu trámite.
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